
El fiscal instructor del Tribunal Supremo ordena el archivo inmediato de las diligencias contra María Dolores Corujo por el caso Sosa al concluir que los hechos no son constitutivos de delito. El archivo es fiscal, no judicial.
Elpejeverde.com | Lanzarote, 29 de julio de 2026
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha comunicado este miércoles el decreto del fiscal instructor que ordena el "inmediato archivo de las diligencias" incoadas contra la secretaria insular del PSOE de Lanzarote y diputada por Las Palmas, María Dolores Corujo, por el llamado caso Sosa. El decreto concluye que los hechos investigados no son constitutivos de infracción penal.
El pronunciamiento corrige de plano al fiscal de Área de Arrecife, que había apreciado indicios compatibles con la prevaricación, sin descartar la conexión con malversación, falsedad documental y fraude a la Administración, en la tramitación de la situación administrativa y retributiva del exconsejero Juan Manuel Sosa durante la presidencia de Corujo en el Cabildo. Fue esa apreciación la que llevó las diligencias al Supremo, por la condición de aforada de la diputada.
Qué significa y qué no significa el archivo
Conviene precisarlo, porque no es un matiz menor. Quien archiva es la Fiscalía del Supremo, no el Tribunal Supremo. La Sala Segunda no se ha pronunciado: el asunto nunca llegó a ser un procedimiento judicial, sino diligencias de investigación del Ministerio Fiscal. El archivo fiscal no produce cosa juzgada. El denunciante, el director insular de Presidencia David Monte, conserva la posibilidad de acudir por querella directamente ante la Sala Segunda, que decidiría sobre su admisión, previsiblemente con la Fiscalía en contra. La Fiscalía también podría reabrir si aparecieran hechos nuevos.
En términos prácticos, la decisión de continuar o no queda ahora en el tejado de Coalición Canaria y de su director insular. A cierre de esta edición no han valorado el decreto.
Corujo anuncia acciones y carga contra Betancort
La dirigente socialista expresó su satisfacción: "Desde el primer momento sostuve que se trataba de una denuncia política, de una cacería emprendida por Oswaldo Betancort con el único fin de tratar de inhabilitarme como candidata. Hoy, el Ministerio Fiscal me da la razón".
Corujo recordó la secuencia que, a su juicio, retrata la operación: "En enero de 2026, Oswaldo Betancort nombró director insular de la Presidencia a David Montes, a quien el 2 de febrero le encargó que 'estudiara' el expediente de Juan Manuel Sosa. Veinticinco días después estaba presentada la denuncia contra mí". Y anticipó que en los próximos días anunciará las acciones que emprenderá: "Ahora es el turno de nuestros abogados".
Sobre esas acciones cabe otra precisión: el delito de acusación y denuncia falsas exige, con carácter general, que el procedimiento haya terminado por resolución judicial firme. Un decreto de archivo de Fiscalía no lo es, por lo que esa vía penal presenta dificultades; la civil por vulneración del honor queda abierta.